El Ministerio de Transporte, con el apoyo y el trabajo técnico de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), adoptó el primer reglamento técnico de frenos para motocicletas.
Este exige que las motos nuevas que se comercialicen o ensamblen en el país estén equipadas con sistemas de frenado certificados por la ONU o aprobados por el estándar Federal Motor Vehicle Safety Standards (FMVSS) de Estados Unidos.
Es decir, que estén equipadas con sistemas de freno CBS (sistema de frenado combinado) o ABS (sistema antibloqueo de frenos), en función del cilindraje o potencia del vehículo.
La aplicación de este reglamento tendrá un periodo de transición, de tal manera que, a partir de octubre de 2025, todos los vehículos nuevos de 2 o 3 ruedas deberán cumplir con los requisitos técnicos.
Es decir, deben haber superado los ensayos definidos en la norma.
Con relación al equipamiento de sistemas avanzados de frenado, a partir de octubre de 2025, las motocicletas con cilindraje mayor a 50 cm3 (o potencia nominal mayor a 4 kW) deberán incorporar CBS o ABS.
Así mismo, las motocicletas con cilindraje mayor a 150 cm3 (o potencia nominal mayor a 11 kW) deberán incorporar ABS.
A partir de marzo de 2027, todas las motocicletas con cilindraje superior a 125 cm3 deberán estar equipadas con sistema ABS, y las de inferior a 125 cm3 con CBS o ABS.
Igualmente, los comercializadores deberán obtener para los sistemas de frenado incorporados en las motocicletas el respectivo certificado de conformidad.
Este debe acreditar el cumplimiento de la totalidad de requisitos técnicos y ensayos.